Cobro de cartera morosa para propiedad horizontal en Cartagena
Recupere las expensas comunes atrasadas de su conjunto, con respaldo jurídico real y sin que la copropiedad asuma el costo de gestión.
El problema
Uno o varios propietarios dejan de pagar. La administración envía recordatorios que no funcionan, la cartera crece, y sin respaldo jurídico detrás, cada mes que pasa hace más difícil cobrar y pone en riesgo el mantenimiento del conjunto: portería, aseo, y hasta los servicios públicos de zonas comunes.
La solución
Gestionamos el cobro completo, desde el primer contacto persuasivo hasta el proceso ejecutivo bajo la Ley 675 de 2001, con seguimiento permanente desde nuestro Portal de Clientes y honorarios que se cargan al deudor moroso, no a la copropiedad.
Abogados especializados en PH
No un call center genérico: quien evalúa su caso es abogado especializado en propiedad horizontal, con procesos judiciales reales en gestión.
Pago por resultados
Los honorarios de gestión se cargan al deudor como gastos de cobranza. La copropiedad no paga nada por adelantado.
Portal de Clientes
Consulte el estado de cada caso, etapa del proceso e informes, en cualquier momento, sin depender de una llamada.
Copropiedades y conjuntos que ya gestionamos en Cartagena
Antes de escribirnos, esto quizás ya responda su duda
¿Necesitamos aprobación de la asamblea para contratarlos?
Depende del reglamento de propiedad horizontal y del monto comprometido de cada conjunto; en la mayoría de los casos el consejo de administración o el administrador pueden autorizar la gestión de cobro directamente, sin necesidad de asamblea extraordinaria, ya que no representa un gasto para la copropiedad. Se lo confirmamos según el reglamento específico de su conjunto.
¿Qué documentos debe tener listos el administrador?
El reglamento de propiedad horizontal registrado, las actas de asamblea donde se aprobó el presupuesto y las cuotas, y la certificación de la deuda con firma y detalle de los períodos adeudados. Con estos tres documentos podemos evaluar el caso de inmediato.
¿Cuánto tiempo toma iniciar el proceso ejecutivo?
Con la documentación en regla, el proceso ejecutivo puede iniciarse en cuestión de días, ya que el paz y salvo por expensas comunes presta mérito ejecutivo bajo la Ley 675 de 2001 y no requiere un proceso declarativo previo.
Cuénteme el caso de su conjunto
Compártanos el estado general de la cartera y evaluamos su caso sin compromiso, con modelo de pago por resultados.
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